El Comité de crisis de esta Federación se encuentra en contacto permanente con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la que nos comunica que se levantan las restricciones a la circulación de camiones fijadas para el próximo fin de semana largo.
Esta medida, que se toma es para garantizar el abastecimiento de la población, en cuanto sea emitida la resolución correspondiente la enviaremos de inmediato.
Disposiciones:
Estimados todos,
Respecto a las medidas tomadas en la Disposición ANSV 108/2020, les informamos que queda desestimada la fecha de finalización (15 de Abril 2020) siendo la misma el 01 de Abril 2020. Esta modificación ha sido incorporada en el boletín oficial adjunto publicado en el día de ayer a ultima hora.
Se adjuntan nuevamente las medidas de prevención y contención contra el Corona Virus COVID-19, entre las cuales se dispone la suspensión del dictado de las clases y demás prestaciones vinculadas al otorgamiento de la LINTI, así como el período de sus correspondientes prórrogas.
Les recordamos que las vías de contacto de la Fundación Profesional para el Transporte permanecerán abiertas para atender cualquier duda o consulta.
Asesor Legal FPT : 011 15 3476 1578
Dpto. LINTI CCGG: 011 15 3476 1155
Dpto. LINTI MMPP: 011 15 3476 1521
Por favor, les pedimos confirmar la recepción de este e-mail.
Cuidarnos es una tarea de todos.
Saludos cordiales,
Comité Ejecutivo FPT.
En acompañamiento a la declaración de la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Decreto de Necesidad y Urgencia 260/2020 y la Resolución Ministerial 2020-60 del Ministerio de Transporte, comunicamos a todos los socios y a la sociedad en general:
Que desde FADEEAC entendemos que estamos frente a una pandemia de nivel global y, en la que podría ser el autotransporte de cargas un posible vector de la enfermedad y que, como es de público conocimiento, frente al COVID – 19 se conformó desde el Estado un Comité de Crisis a fin de dar respuesta a distintas inquietudes.
Por ello, aconsejamos a todos los empresarios responsables del traslado de mercadería y operaciones logísticas que realicen acciones tendientes a prevenir y combatir la propagación del COVID-19 Coronavirus.
Les pedimos que se agoten todos los medios a fin de mantener condiciones de higiene óptimas en los centros operativos, oficinas y unidades de traslado. También, solicitamos la máxima difusión en la capacitación de los trabajadores y colaboradores de las empresas asociadas.
Recomendamos el uso de alcohol en gel, proveer de medios de limpieza al personal y emplear todos los medios de comunicación para la prevención e higiene personal y grupal, como así también de espacios de uso en común.
Finalmente, y en lo posible, evitar reuniones y encuentros de gran cantidad de personas.
"COMITÉ DE CRISIS PREVENCIÓN COVID-19 PARA EL TRANSPORTE"
Se trata de un evento extraordinario, donde la responsabilidad personal y social ocupan un rol determinante en la salud de todas las personas.
Entre todos los actores sociales podremos dar respuesta a este duro momento que nos toca vivir como humanidad.
CONSULTAS
En caso de Duda:
Líneas telefónicas habilitadas para realizar consultas son:
Documentos adjuntos:
DECRE-2020-05319458-GDEBA-GPBA
ARTÍCULO 1o.- Suspéndase, de manera preventiva, el dictado de los cursos de verificación de competencias y
formación continua, como así también la realización de los exámenes psicofísicos exigidos por la Disposición
ANSV N° DI-2019-48-APN-ANSV#MTR, para el otorgamiento y renovación de la Licencia Nacional de Conducir
Transporte Interjurisdiccional (LiNTI), hasta el 15 de abril de 2020.-
ARTICULO 2°.- Prorróganse por el término de 60 (sesenta) días corridos la vigencia de los cursos y exámenes
psicofísicos exigidos para el otorgamiento y renovación de la LiNTI, cuyos vencimientos hayan operado u operen
entre el 15 de febrero de 2020 y el 15 de abril de 2020.-
RUTAS NACIONALES
De acuerdo a lo establecido por Disp. 279/19 de la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) se informa que la restricción de la circulación de los vehículos de categorías N2 y, N3, O, O3 y O4 por las rutas nacionales y los accesos a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, será conforme las fechas y horarios siguientes:
Días y horarios en que se aplicará la próxima veda:
Fecha |
Horario |
Sentido de flujo vehicular en los accesos a la C.A.B.A. |
Domingo 1 de marzo |
18:00 a 21:59 |
Descendente (regreso) |
26-02-2020
Autopistas con Restricción por Sentido de Circulación: |
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AUTOPISTA |
TRAMO |
Autopistas de Acceso a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires en toda su extensión. |
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Au RN 7 |
Desde ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta la intersección con la RN 40 en la ciudad de Perdriel (Mendoza) |
Au RN 9 |
Desde el km 0 (Av. Gral. Paz) en la ciudad de BUENOS AIRES hasta la Ciudad de La Quiaca (JUJUY) |
Au RN 12 |
Desde el empalme de la Ruta Nacional nº 9 (Buenos Aires, hasta la ciudad de Ceibas (Entre Ríos |
Desde la ciudad de Paraná (Entre Ríos) hasta la ciudad de Puerto Iguazú (Misiones) |
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Au RN 14 |
Desde la ciudad de Ceibas (Entre Ríos) hasta la ciudad de San José (Misiones) |
Rutas Nacionales en las que se aplica la restricción en Ambos Sentidos de Circulación: |
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RN Nº |
TRAMO |
3 |
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta LA CIUDAD DE BAHIA BLANCA, Provincia de Buenos Aires |
5 |
Desde CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la CIUDAD DE TRENQUE LAUQUEN, Provincia de Buenos Aires |
8 |
Desde la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES hasta la Ciudad de VILLA MERCEDES, Provincia de SAN LUIS. |
11 |
Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CLORINDA, Provincia de FORMOSA. |
16 |
Desde el Acceso al Viaducto, en la ciudad de Corrientes, provincia de CORRIENTES, límite con la Provincia de CHACO, hasta la intersección con RN 9 en la ciudad de Metan, Provincia de SALTA |
19 |
Desde la Ciudad de SANTA FE, Provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de CORDOBA, Provincia de CORDOBA. |
20 |
Desde la Ciudad de CORDOBA, Provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de SAN JUAN, Provincia de SAN JUAN. |
22 |
Desde su intersección con la RN 3 en la ciudad de Bahía Blanca (Km. 718, 95, acceso a Médanos – Provincia de Buenos Aires) hasta su intersección con la RP 74 (INT. EX RN 241) en el acceso a la ciudad de Plottier (NEUQUEN) |
33 |
Desde la Ciudad de ROSARIO, provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de BAHIA BLANCA, Provincia de BUENOS AIRES. |
34 |
Desde su intersección con la RN 9 en la localidad de Güemes, Provincia de SALTA hasta la intersección con la Ruta Provincial Nº 70 de la Ciudad de Rafaela (Provincia de SANTA FE) |
35 |
Desde la Ciudad de RIO CUARTO, Provincia de CORDOBA hasta la Ciudad de SANTA ROSA, Provincia de LA PAMPA. |
36 |
Desde la Ciudad de RIO CUARTO hasta la Ciudad de CORDOBA, ambas en la Provincia de CORDOBA. |
38 |
Desde el empalme de la Ruta Nacional Nº 20, en la Provincia de CORDOBA hasta la Ciudad de S. M. DE TUCUMAN, en la Provincia de TUCUMAN. |
40 |
Desde la Ciudad de SAN JUAN, (KM 3456 Provincia de San Juan) hasta la ciudad de MALARGÜE (km 2946 – Provincia de MENDOZA), y desde su empalme con la RN 234 (NEUQUEN) hasta la ciudad de ESQUEL (km 1762 – provincia de CHUBUT) |
105 |
Desde la Ciudad de SAN JOSE hasta la Ciudad de POSADAS, ambas en la Provincia de MISIONES. |
158 |
Desde la Ciudad de SAN FRANCISCO, Provincia de CORDOBA, hasta la Ciudad de RIO CUARTO, Provincia de CORDOBA |
174 |
Desde la Ciudad de ROSARIO, Provincia de SANTA FE, hasta la Ciudad de VICTORIA, Provincia de ENTRE RIOS. |
188 |
Desde la Ciudad de SAN NICOLAS DE LOS ARROYOS, Provincia de BUENOS AIRES, hasta la Ciudad de GENERAL ALVEAR, Provincia de MENDOZA. |
205 |
Desde la Ciudad de TRISTAN SUAREZ, hasta la Ciudad de SAN CARLOS DE BOLIVAR, Provincia de BUENOS AIRES. |
226 |
Desde la Ciudad de MAR DEL PLATA hasta GENERAL VILLEGAS , ambas en la Provincia de BUENOS AIRES. |
231 |
Desde el EMPALME con la Ruta Nacional Nº 40 hasta el PASO CARDENAL SAMORE, ambas en la Provincia del NEUQUEN. |
Exceptúese de la restricción a los vehículos que a continuación se detallan:
a) De transporte de leche cruda, sus productos derivados, y envases asociados;
b) De transportes de animales vivos;
c) De transportes de productos frutihortícolas en tránsito;
d) De transporte exclusivo de prensa y de unidades móviles de medios de comunicación audiovisual;
e) De atención de emergencias;
f) De asistencia de vehículos averiados o accidentados, en el lugar del suceso o en el traslado al punto más próximo a aquel donde pueda quedar depositado, y en regreso en vacío;
g) Cisterna de traslado de combustible, de Gas Natural Comprimido y Gas Licuado de Petróleo;
h) De transporte de gases necesarios para el funcionamiento de centros sanitarios, así como de gases transportados a particulares para asistencias sanitarias domiciliaria, en ambos casos, cuando se acredite que se transportan a dichos destinos;
i) De transporte de medicinas;
j) De transporte de depósitos final de residuos sólidos urbanos;
k) De transporte que deba circular en cumplimiento directo e inmediato de una orden judicial;
I) De transporte de sebo, hueso y cueros.
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