Puntos aclaratorios sobre el Registro Provincial de Transporte de Carga de la Provincia de Buenos Aires (RPTC).
Luego de realizar varias consulta al respecto al Directorio del RUTA nos han clarificado los siguientes puntos:
1) El RPTC es obligatorio para todo aquel que realice servicios de transporte de cargas con ORIGEN Y DESTINO dentro de la provincia de Buenos Aires. Si el origen o el destino NO es en un domicilio de Buenos Aires deja de ser transporte provincial o intrajurisdiccional para convertirse en Interjurisdiccional. Si es Interjurisdiccional sólo les corresponde el RUTA, no el RPTC.
2) Los vehículos radicados en Pcia. De Bs. As. Ya aparecen inscriptos en el RPTC automáticamente.
3) Sin importar dónde esté radicado el vehículo, si hace transporte provincial, intrajurisdiccional, dentro de Buenos Aires, es exigible el RPTC.
4) Origen y destino: ambos deben ser domicilios dentro de la Pcia. de Buenos Aires.
5) El costo, a partir del 29-04-2015, es de $200 por cada tramite de ALTA, REIMPRESION, MODIFICACION O REVALIDA por cada patente.
La inspección del vehículo debe ser realizada regularmente (antes de iniciar un viaje) por todos los choferes para evitar incidentes y accidentes prevenibles.
Fuente: FADEEAC
El Decreto 196/2025, crea la LICENCIA NACIONAL DE CONDUCIR (Única), CONTINUA LA OBLIGATORIEDAD de Examen PSICOFISICO y CAPACITACION.
A partir del 19/03/2025 la Licencia Nacional de Conducir Interjurisdiccional (LiNTI) ya no será necesaria para circular entre los diferentes puntos de la Argentina. Para transitar será necesario una única licencia nacional de acuerdo con las categorías correspondientes.
Desde el 19/03/2025, y por 60 días de corrido se otorgaran un certificado de aprobación capacitación y apto psicofísico, según corresponda, para que posteriormente cuando entre en vigencia la nueva normativa en la Provincia, el conductor lo presente en el Centro Emisor de Licencias (CELs) para canjear su licencia y pueda seguir circulando.
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