En el día 18/12/2024 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1109/24 en el que, por facultades delegadas por la ley 27.742, se modifican los artículos 6 y 11 de la Ley 24.653, eliminándose con ello el Registro Único de Transporte Automotor R.U.T.A.
Por otra parte, se modifica el decreto 1035/02 recientemente modificado por el Decreto 832/24, en todo lo atinente a la mención del Registro (RUTA), en particular se derogó el inc. a del artículo 4º por el que no resulta condición para circular, la existencia del RUTA, vale decir que no será necesario ni tramitar ni exhibir en control alguno el certificado correspondiente al Registro hoy dado de baja.
Igualmente desaparece la sanción por realizar transporte de cargas sin dicho Registro (Art. 19), la caducidad de inscripción (art. 53) entre los más relevantes.
Se aclara que el decreto es de vigencia inmediata por lo que a partir del día de la fecha en ningún control vehicular podrán solicitar el instrumento hoy derogado.
DEP. LEGAL, LABORAL Y SEGUROS
Informamos a ustedes, la Suspensión de tramites REVALIDA RUTA - prorroga hasta el 31 de marzo en el marco de la Emergencia Sanitaria ley 27.541 en relación con el coronavirus covid-19.
El OBJETIVO LIMITAR LA CONCURRENCIA de USUARIOS a las Cámaras.
Solamente en el caso de urgencias se realizaran tramites de Altas y Bajas RUTA.
Ver a continuación comunicado oficial del Directorio de Coordinación del RUTA.
Ante cualquier consulta estamos a su disposición, favor de comunicarse a los teléfonos o a los correos electrónicos.
El Comité de crisis de esta Federación se encuentra en contacto permanente con la Agencia Nacional de Seguridad Vial, la que nos comunica que se levantan las restricciones a la circulación de camiones fijadas para el próximo fin de semana largo.
Esta medida, que se toma es para garantizar el abastecimiento de la población, en cuanto sea emitida la resolución correspondiente la enviaremos de inmediato.
Disposiciones:
VALIDACION R.U.T.A.
DOCUMENTACION OBLIGATORIA
1) D.N.I. : TITULAR- APODERADO – REP. LEGAL
2) Contrato Social (en caso de tratarse de Personas Jcas.)
3) Poder (en caso de ser necesario) Certif. y colegiado
4 Nomina de Personal (CUIL –APELLIDO y NOMBRE – C.C.)
5) Correo Electrónico (obligatorio)
VEHICULOS Y REMOLQUES : Documentación original y copia
1) Titulo de propiedad (ambas caras)
2) Contrato de Alquiler o comodato (según corresponda y si el titular del RUTA es distinto al titular del vehículo) y DNI ambas partes.
3) R.T.O. (revisión técnica obligatoria todas las hojas)
4) Carátula de póliza de seguro – Uso comercial o Transp. De Carga, Firma digitalizada del presidente, Gerente, Director etc., NO del productor de seguros, dominio, vigencia.-
5) Recibo último pago de póliza de seguro.
6) Nomina de personal actualizada.
NOTA: Toda la documentación debe venir en original y una copia en hoja A4
REALIZACION DEL TRAMITE y EMISION DEL CERTIFICADO UNICAMENTE CONTRAENTREGA DE TODA LA DOCUMENTACION REQUERIDA
Desde el 15/03/2023 el COSTO DE CADA TRÁMITE es de $3200 (Pesos tres mil doscientos) por dominio
BAJA R.U.T.A
DOCUMENTACION OBLIGATORIA
1) Entrega de la Tarjeta RUTA o CONSTANCIA ORIGINAL a dar de BAJA.
2) Titulo de Propiedad ambos lados (FOTOCOPIA)
3) SI ES TITULAR: fotocopia de DNI.
REPRESENTANTE LEGAL: Contrato, Acta de Asamblea con Designación de Cargo y fotocopia DNI
APODERADO: Poder Certif. y colegiado y fotocopia del DNI.
NOTA: TODA DOCUMENTACION EN ORIGINAL Y UNA COPIA EN HOJA A4.
REALIZACION DEL TRAMITE UNICAMENTE CONTRAENTREGA DE TODA LA DOCUMENTACION REQUERIDA
Desde el 15/03/2023 el COSTO DE CADA TRÁMITE es de $3200 (Pesos tres mil doscientos) por dominio
Tel fijo.: 0379 4428666 ó 4429444
Whatsapp: 379 5023106 ó 379 4627101
Av. Maipú Nº 168 - 3400- Corrientes
Mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
ALTA R.U.T.A
DOCUMENTACIÓN OBLIGATORIA
ALTA EMPRESA (persona física o jurídica)
*) Persona Física presenta ítem 1-2 - 4 (si quien firma es apoderado) – 5 y 6
*) Personas Jurídicas presenta ítem 1-2-3-4 (si quien firma es apoderado)-5 y 6
Item. 7 para ambos en caso de realizar transporte para terceros
1) Inscripción A.F.I.P.- Códigos de Transporte Cargas (si hiciera transporte de carga para terceros)
2) D.N.I. (titular, representante legal o apoderado)
3) Contrato social pasado por Insp. Personas Jca. o por Colegio de Escribanos o estatuto
4) Si quien firma las DDJJ es el apoderado: Poder del representante legal o apoderado c/firma Certif. x Esc. Legalizado en Colegio de Escribanos
5) Correo electrónico (OBLIGATORIO) tel fijo y móvil alternativo
6) Nómina de personal a cargo (si tiene más de 3 vehículos motorizados la declaración es Obligatoria) debe declarar CUIL, Apellido y Nombre, Convenio Colectivo Nº
7) Dadores de Carga: declarar CUIT y razón social solo si realiza transporte de cargas para terceros
ALTA VEHÍCULOS de CARGA (Camión, tractor, acoplado, semirremolques, furgones)
8) Título de propiedad (ambos lados)
9) En caso de que el título de propiedad este a nombre de otra persona distinta al titular del RUTA: Contrato de Alquiler c/firma Certif. x Esc. Y Legalizado en Colegio de Escribanos y DNI de ambas partes
ó
Contrato de Comodato (solo parientes directos) c/firma Certif. x Esc. Y Legalizado en Colegio de Escribanos Y DNI de ambas partes
ó
Leasing (en caso de corresponder) presenta Anexo C Detalles vehículo, tomador-dador y firma responsable del banco.
10) R.T.O. (revisión técnica obligatoria todas las hojas) emitido por U.T.N.
ó
Constancia de 0km emitido por Registro Propiedad Automotor
11) Carátula de póliza de seguro emitida por CIA de Seguro con “uso comercial” o “transporte de carga” con Firma digitalizada Gerente, Director etc.(NO productor), dominio y vigencia.
12) Ultimo Recibo de pago de póliza emitido x CIA de Seguro.-
Aclaraciones pertinentes:
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